Lo que debes saber si usas Bizum y tienes que hacer la declaración de la renta

Con la llegada de las nuevas tecnologías han llegado también nuevas formas de hacer las cosas. Hay muchas actividades de nuestra vida cotidiana que, con el avance tecnológico, se han visto completamente alteradas/modificadas.

Un buen ejemplo de esto serían todas aquellas actividades que tienen que ver con el mundo bancario. Antes, para hacer cualquier gestión, teníamos que acercarnos a la sucursal o, como mínimo, acudir al cajero de nuestro banco más cercano. Ahora, para casi cualquier cosa, podemos tirar de nuestro teléfono móvil.

Esto ha supuesto una gran ventaja para muchas personas, mientras que para otras (sobre todo gente mayor), se ha convertido en una auténtica barrera a la hora de gestionar cualquier cosa que tenga que ver con sus finanzas. Pero hoy vamos a centrarnos en la que, probablemente, sea la funcionalidad más querida por todos nosotros: Bizum.

Esta aplicación/funcionalidad nos permite hacer pequeñas transferencias bancarias entre diferentes entidades sin cobrarnos comisiones y, sobre todo, sin que Hacienda nos vaya detrás para llevarse una mordidita.

Pero es que claro, hay gente que utiliza Bizum para partirse la cuenta del restaurante… y gente que la usa para, por ejemplo, la compra-venta de productos, moviendo miles de euros al mes en esta aplicación. Y ahí la cosa ya se pone espinosa.

Recordemos que, desde el año pasado, Bizum limitó las transacciones que nos permite hacer a 60 al mes. Eso sí, las cifras que podemos traspasar son las mismas: de 50 céntimos a 1.000 euros. en ese sentido, un usuario puede recibir un máximo de 2.000 euros al mes a través de la aplicación.

Por lo general y para la mayoría de las transacciones, la Agencia Tributaria no nos dirá nada… pero hay un cifra clave que sí puede provocar que nos llegue una de esas ‘cartitas desagradables’.

La cifra clave

La clave está en la siguiente cifra: 10.000 euros al año; si superamos esa cifra, es muy probable que Hacienda pique a nuestra puerta para pedirnos explicaciones. Hacer operaciones de Bizum que superen ese monto en 365 días, de hecho, nos obligará a hacer una declaración de gastos en la Renta anual. Ahí deberemos identificarnos como una empresa o autónomos y, en caso de no ser ninguna de estas formas legales, podríamos tener problemas.

A vosotros, ¿qué os ha parecido todo esto? 

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Fuente: Marca.

Por último, esperamos que este erizo te alegre el día: