Las nuevas normas que debes cumplir si llevas un patinete eléctrico

Los patinetes eléctricos se han consolidad como un medio de transporte más en muy poco tiempo. Solo hace falta salir a la calle y ver cómo estos vehículos han proliferado en estos últimos años. Esto ha hecho que la ley haya tenido que tomar cartas en el asunto y se ha hecho una regulación específica que ya ha entrado en vigor (recordemos que, el pasado 21 de marzo, entró en vigor la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial). Por ejemplo, todo usuario que use un patinete eléctrico debe llevar casco y tiene completamente prohibido circular por zonas peatonales.

A continuación, os detallamos todas las normas que deberás cumplir por tu propia seguridad y la de los demás. Y por tu bolsillo, claro. ¡Vamos a verlo!

Vehículos de uso individual

GIF by CTV

En el patinete eléctrico solo podrá ir una persona. Llevar un pasajero lleva acarreada una infracción de 100 euros.

Llevar casco

Todo usuario que circule en patinete deberá llevar un casco. En caso contrario, la sanción es una multa de 200 euros y la inmovilización del vehículo.

Prendas o elementos reflectantes

Safety First GIF by Mammoet Merchandise

Cuando un usuario circule en patinete de noche, deberá llevar prendas o elementos reflectantes que le ayude a ser más visible para el resto de conductores. Además, el vehículo deberá incluir un sistema de alumbrado. Si no se cumplieran estas especificaciones, le caería una sanción de 200 euros.

No circular por zonas peatonales

Está prohibida la circulación de patinetes eléctricos o de cualquier vehículo de movilidad personal por una zona peatonal: la multa es de 200 euros.

Prohibido usar el móvil y llevar auriculares

Queda prohibido usar el teléfono a bordo de un patinete así como llevar auriculares o cascos conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, lo que se considerará una infracción grave. La multa en estos casos es de 200 euros.

Tasa de 0 alcohol para menores de edad

Johnny Depp Drinking GIF

Los menores de 18 años que usen patinetes o bicicletas eléctricas, ciclomotores o cuadriciclos ligeros, no podrán circular con una tasa de alcohol en sangre superior a 0 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0 miligramos por litro. Para el resto de conductores, se mantienen los límites establecidos. 

¿Qué te parecen estas novedades que introduce la ley? ¿Echas en falta más consideraciones?

Si os ha gustado este artículo recordad que más abajo podéis disfrutar de otros que, con casi total seguridad, os resultarán igualmente entretenidos… o eso esperamos, porque la verdad es que los hemos hecho con mucho cariño.

Fuentes: motorpasionmoto lasexta

Por último, esperamos que este erizo te alegre el día: