Carlos (LIDLT) es detenido por el presunto abuso sexual en grupo de una joven

Este martes, la Guardia Civil ha arrestado a tres hombres por su supuesta implicación en los abusos sexuales denunciados por una mujer el pasado mes de febrero. Uno de los detenidos es Carlos Algora, conocido por haber participado en la tercera edición de ‘La isla de las tentaciones’ como tentador.

Carlos fue detenido el pasado martes en Las Palmas de Gran Canaria, donde se encontraba con otros participantes del reality, mientras los otros dos sospechosos fueron arrestados en Sevilla. Los tres se encuentran bajo custodia policial.

El relato de la denunciante

Según El Mundo, los hechos se remontarían al pasado mes de febrero durante una fiesta privada celebrada en una casa de Colmenarejo (Madrid).

Durante el transcurso de esta, la denunciante habría sufrido abusos sexuales por parte de varios individuos y, además, sospecha que habría sido intoxicada con sustancias estupefacientes.

Fiesta ilegal

Según indican los medios, el dueño de la casa, que había alquilado el inmueble durante el fin de semana, alertó a la Guardia Civil de que se estaba celebrando una fiesta ilegal debido a las actuales restricciones y varias patrullas se dirigieron hasta la propiedad y procedieron al desalojo de la casa. Asimismo, denunciaron a varios de los presentes por incumplir las medidas sanitarias.

Tras la denuncia de la mujer, los agentes recabaron los testimonios de otros participantes que se encontraban en el interior de la vivienda y las imágenes de las cámaras de seguridad e identificaron a los sospechosos.

Qué dice el Código Penal

La Guardia Civil ha abierto la investigación de los hechos que serían constitutivos de un delito de abuso sexual y no de agresión sexual, ya que los autores no habrían ejercido violencia ni intimidación debido al estado de seminconsciencia de la mujer.

Dicho delito está recogido en el apartado 1 del artículo 181 del Código Penal, que establece lo siguiente: una pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses.

Esta pena se ve agravada si los hechos se cometen por la actuación conjunta de dos o más personas (apartado 5 del mismo artículo). En estos casos, la pena se impone en su mitad superior y, por tanto, la pena mínima sería de dos años en lugar de un año. 

Fuentes: ABC elmundo lavanguardia

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